# Acuerdo de donación benéfica con destino restringido
Fecha: 19 de octubre de 2026
Contexto jurídico: Inglaterra y Gales: ejemplo ficticio; debe comprobarse su aceptación en el extranjero cuando proceda
Partes y referencia: Donante: Helen Ward, 6 Example Gardens, York. Entidad: Example Community Food Trust, 12 Example Square, York, representada por sus trustees Maya Reed y Daniel Cole. La entidad y su supuesta condición benéfica son ficticias; no se atribuye ningún número de registro real. Proyecto EXAMPLE-FOOD-26.
## 1. Donación y finalidad benéfica
La donante prevé aportar £5,000 al proyecto Winter Food Support para hogares de York en dificultades económicas, del 2 de noviembre de 2026 al 30 de abril de 2027. Los trustees confirman que aliviar la pobreza alimentaria está comprendido en los fines de la entidad. Los fondos recibidos quedan restringidos a esta finalidad y a la subsidiaria indicada más abajo, no a ingresos de libre disposición. La donante no recibe bienes, publicidad, servicios ni control sobre beneficiarios concretos; los trustees deciden independientemente sobre necesidades, protección y ejecución lícita.
## 2. Pagos y presupuesto permitido
Se prevén £2,500 el 2 de noviembre de 2026 y £2,500 el 1 de febrero de 2027 mediante un canal verificado de la entidad. La promesa de una aportación futura no pretende constituir una deuda exigible ni un deed otorgado; las restricciones se aplican al recibirse cada donación. El presupuesto total es: vales de alimentos £4,000, reparto £600 y coordinación directamente atribuible £400. No se imputarán más de £400 a coordinación sin acuerdo escrito previo y aprobación lícita de los trustees. No se financiarán beneficios para la donante, campañas políticas ni gastos generales ajenos.
## 3. Finalidad subsidiaria y cambios
Si el proyecto principal está totalmente financiado, no puede realizarse o deja un excedente, la donante autoriza destinar el remanente a la asistencia alimentaria de emergencia de la entidad para hogares de York en dificultades durante los doce meses siguientes. Esta es la finalidad benéfica subsidiaria especificada, no una autorización para cualquier uso que la donante elija después. Los trustees documentarán el motivo y lo comunicarán. Si ninguna finalidad puede cumplirse lícitamente, obtendrán asesoramiento sobre una alternativa legal, autorizaciones necesarias y posibles devoluciones; la mera petición de la donante no permite reembolsar ni modificar un fondo benéfico restringido.
## 4. Cuentas, supervisión y confidencialidad
La entidad anotará cada ingreso en una contabilidad separada del fondo restringido y conservará justificantes conforme a su régimen contable lícito. Entregará un informe agregado de gastos y resultados antes del 14 de mayo de 2027 y otro al concluir cualquier gasto de finalidad subsidiaria. La donante podrá formular preguntas proporcionadas sobre el fondo, pero no acceder a datos identificativos de beneficiarios. Los trustees investigarán posibles desvíos y los corregirán por vías legales; este acuerdo no permite a la donante apoderarse de activos. Publicar su nombre requiere permiso separado.
## 5. Fiscalidad, cambios y aceptación
No se incluye ni se presume una declaración de Gift Aid; cualquier solicitud exige declaración separada válida y comprobación de requisitos. La donante recabará asesoramiento fiscal propio. Las modificaciones escritas deben respetar el derecho benéfico y las restricciones del fondo, sin poder renunciar por acuerdo a esas obligaciones. Se aplica el derecho inglés. Las dudas se tratarán primero con los trustees, sin excluir vías regulatorias o judiciales lícitas. Firmado el 19 de octubre de 2026 por Helen Ward, donante, y Maya Reed y Daniel Cole, trustees autorizados para aceptar estos términos. Son firmas ficticias, no una verificación de una entidad real.