# Propuesta de acuerdo de alimentos para una hija menor
Fecha del ejemplo: 20 de octubre de 2026
Jurisdicción: España; Código Civil común, con domicilio familiar en Madrid y sujeta a aprobación cuando se incorpore a medidas parentales.
Alcance: Modelo ficticio adaptado al Derecho español para ilustrar la materia del catálogo. No es un formulario oficial ni asesoramiento jurídico. La solución puede depender de los hechos, la comunidad autónoma, el municipio, el contrato y la normativa vigente al presentar o firmar el documento.
Partes y referencia: Marta Gil y Andrés Soto proponen una contribución para Inés, de nueve años, residente en Madrid.
## 1. Objeto y situación familiar
Marta Gil y Andrés Soto son progenitores de Inés, nacida en 2017, y preparan esta propuesta mientras organizan su separación. El documento trata únicamente de alimentos y gastos de la niña; no decide custodia, visitas, uso de vivienda ni patria potestad. Las partes verificarán cualquier resolución existente y presentarán los acuerdos que deban revisarse ante el juzgado o autoridad competente.
## 2. Contribución mensual propuesta
Andrés propone ingresar 325 € al mes en la cuenta designada para gastos de Inés, antes del día 5 de cada mes, empezando el 5 de noviembre de 2026. La transferencia identificará el mes y el concepto, sin publicar datos bancarios en copias innecesarias. La cifra es una propuesta ficticia basada en el supuesto del ejemplo, no un mínimo legal ni una cantidad automáticamente adecuada para otra familia.
## 3. Proporcionalidad y revisión
Al fijar la contribución deben considerarse las necesidades ordinarias de Inés y los recursos de ambos progenitores, conforme a las reglas civiles aplicables. Cada parte facilitará justificantes razonables de ingresos, vivienda y gastos recurrentes por un canal seguro. Si cambian de forma relevante los ingresos, la salud, la escolarización o el tiempo de cuidado, solicitarán una revisión formal en vez de dejar de pagar o reducir la suma unilateralmente.
## 4. Gastos ordinarios y extraordinarios
La cantidad mensual se destina a manutención, vivienda, ropa, transporte y gastos escolares ordinarios presupuestables. Los gastos extraordinarios necesarios se comunicarán antes de incurrir en ellos siempre que no haya urgencia; se propone repartirlos al 50 % contra factura, pero el porcentaje debe comprobarse frente a los recursos reales. Una actividad opcional requerirá consulta previa y la falta de acuerdo no convierte automáticamente su coste en deuda.
## 5. Pago, recibos y retrasos
Marta conservará facturas y un resumen mensual del destino común sin tener que justificar compras domésticas menores una por una. Andrés guardará transferencias y avisará de inmediato si prevé una dificultad de pago. Un recibo parcial no extingue el resto y un retraso no autoriza a condicionar el contacto con Inés. Las partes pedirán ayuda profesional si se acumulan atrasos o el pago deja de cubrir sus necesidades.
## 6. Aprobación y derechos de la menor
Si esta propuesta se incorpora a un convenio regulador con efectos sobre una menor, no será bastante la firma privada de los progenitores: el acuerdo queda sujeto a la revisión y aprobación que legalmente procedan. La autoridad valorará el interés de Inés y puede modificar cláusulas que la perjudiquen. Los alimentos son un derecho de la menor y no se extinguen por una renuncia general de cualquiera de los adultos.
## 7. Revisión y formalización
Las partes revisarán la cantidad al menos una vez al año con información actualizada, sin que exista una subida automática salvo que se pacte y resulte válida. Si acuerdan un mecanismo de actualización, deberán especificar índice, fecha, fuente y tratamiento de cambios negativos. Cada progenitor recibirá asesoramiento independiente y conservará una copia firmada; el texto final debe integrarse con las restantes medidas familiares.
## Firma y formalidades
Este ejemplo está completado con datos ficticios, no está firmado y no prueba que se haya presentado, notificado, aceptado, autorizado, inscrito ni aprobado. Antes de utilizar un documento real, compruebe quién debe firmarlo, el canal de entrega, los plazos y las formalidades aplicables; obtenga asesoramiento profesional cuando los derechos, importes o consecuencias sean relevantes.
## Referencias oficiales orientativas
- [Código Civil (texto consolidado del BOE)](https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con)