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Acuerdo de colaboración para desarrollar una guía digital

Pacto entre dos empresas de Valencia sobre alcance, entregables, autoría, costes y uso compartido de una guía profesional.

Jurisdicción: España; colaboración mercantil entre dos sociedades domiciliadas en Valencia, sin crear una sociedad conjunta.

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Importante: Este ejemplo ofrece información jurídica general, no asesoramiento legal. Antes de usarlo, compruebe la legislación, los formularios y los requisitos de firma de su jurisdicción y circunstancias. Una traducción no cambia la ley aplicable.

# Acuerdo de colaboración para desarrollar una guía digital

Fecha del ejemplo: 20 de octubre de 2026

Jurisdicción: España; colaboración mercantil entre dos sociedades domiciliadas en Valencia, sin crear una sociedad conjunta.

Alcance: Modelo ficticio adaptado al Derecho español para ilustrar la materia del catálogo. No es un formulario oficial ni asesoramiento jurídico. La solución puede depender de los hechos, la comunidad autónoma, el municipio, el convenio colectivo, los estatutos y la normativa vigente al presentar o firmar el documento.

Partes y referencia: Llevant Formación, S.L. y Estudio Marea, S.L., ambas de Valencia, colaboran en una guía digital ficticia para pequeñas empresas.

## 1. Objeto y entregables

Llevant Formación, S.L. prepara cuatro módulos de contenido sobre gestión de equipos y Estudio Marea, S.L. diseña una guía digital accesible en español. El primer borrador se entrega el 16 de noviembre y la versión final el 10 de diciembre de 2026. Cada parte nombrará una persona de contacto y avisará de cambios que afecten al alcance.

## 2. Aportaciones y calendario

Llevant aporta redacción y revisión especializada; Marea aporta diseño, edición y pruebas de accesibilidad. Ambas dedicarán recursos propios y confirmarán por correo la recepción de cada entregable. Una dependencia externa o retraso se comunicará en dos días laborables con una propuesta de recuperación, sin prometer resultados que dependan de una plataforma ajena.

## 3. Precio y gastos

Cada sociedad asumirá sus costes ordinarios y Marea facturará 6.400 € más los impuestos que procedan por diseño y producción. Llevant pagará 3.200 € tras aprobar el prototipo y 3.200 € al recibir la versión final. Los gastos extraordinarios requieren aprobación escrita antes de incurrir en ellos y justificante fiscal válido.

## 4. Autoría, licencia y materiales previos

Cada parte conserva sus materiales, marcas y conocimientos anteriores. Sobre los entregables nuevos, el anexo identificará quién crea cada elemento y qué licencia recibe la otra parte para publicar, traducir, adaptar y mantener la guía. No se presume una cesión total de derechos por haber pagado una factura; las licencias y posibles coautorías se describirán expresamente.

## 5. Revisión y aceptación

Cada entrega incluye dos rondas de cambios editoriales, con comentarios agrupados y una persona que consolida la respuesta. Una corrección de un error de accesibilidad o factual no consume una ronda. El silencio no equivale a aceptación automática; si una parte no responde, se acuerda una fecha de revisión antes de publicar la guía.

## 6. Datos y confidencialidad

Las partes no compartirán datos de clientes reales para elaborar los módulos; usarán supuestos ficticios. Si necesitan tratar datos personales, definirán antes quién decide fines y medios, qué base jurídica existe, medidas de seguridad y plazo de conservación. La obligación de confidencialidad no impedirá denunciar una infracción ni cumplir un requerimiento legal válido.

## 7. Duración, salida y controversias

El acuerdo termina al aceptar la versión final o el 31 de enero de 2027, salvo ampliación firmada. Si el proyecto se detiene, cada parte abonará trabajos aprobados y devolverá materiales confidenciales, sin una penalización no pactada. Una negociación directa puede preceder a otras vías, pero no suspende por sí sola plazos legales.

## Firma y formalidades

Este ejemplo está completado con datos ficticios, no está firmado y no prueba que se haya presentado, notificado, aceptado, autorizado, inscrito ni aprobado. Antes de utilizar un documento real, compruebe quién debe firmarlo, el canal de entrega, los plazos y las formalidades aplicables; obtenga asesoramiento profesional cuando los derechos, importes o consecuencias sean relevantes.

## Referencias oficiales orientativas

  • [Código Civil (texto consolidado del BOE)](https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con)
  • [Real Decreto Legislativo 1/2010, Ley de Sociedades de Capital (BOE)](https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2010/07/02/1/con)
  • [Real Decreto Legislativo 1/1996, Ley de Propiedad Intelectual (BOE)](https://www.boe.es/eli/es/rdlg/1996/04/12/1/con)
  • [Reglamento (UE) 2016/679, Reglamento General de Protección de Datos (EUR-Lex)](https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2016/679/oj?locale=es)

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