# Fianza personal limitada para arrendamiento de local comercial
Fecha del ejemplo: 20 de octubre de 2026
Jurisdicción: España; arrendamiento para uso distinto de vivienda en Bilbao, con garantía personal sometida al Código Civil y a la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Alcance: Modelo ficticio adaptado al Derecho español para ilustrar la materia del catálogo. No es un formulario oficial ni asesoramiento jurídico. La solución puede depender de los hechos, la comunidad autónoma, el municipio, el contrato y la normativa vigente al presentar o firmar el documento.
Partes y referencia: Mikel Arana garantiza de forma limitada ciertas obligaciones de Taller Norte, S.L. frente a Arrendamientos Ría, S.L.
## 1. Contrato y alcance
Taller Norte, S.L. arrienda un local en Bilbao desde el 1 de noviembre de 2026 por 1.600 € mensuales, más los impuestos que correspondan. Mikel Arana, administrador de la sociedad pero firmando en nombre propio, ofrece una garantía personal limitada por rentas vencidas y daños directos al local que se acrediten. No garantiza contratos distintos, deudas de otra empresa ni renovaciones que no acepte por escrito.
## 2. Límite económico
La responsabilidad total de Mikel no excederá 19.200 €, equivalente a doce mensualidades de la renta base de 1.600 €. Ese límite incluye intereses y costes reclamados bajo esta garantía y no se multiplica por cada obligación. El tope no convierte en debida una suma que el arrendatario no adeude; el arrendador debe demostrar el incumplimiento, cuantía, vencimiento y relación con el contrato identificado.
## 3. Reclamación al arrendatario
Antes de reclamar al garante, Arrendamientos Ría notificará a Taller Norte la deuda, periodo, cálculo y documentos disponibles, y le dará diez días para pagar o explicar el desacuerdo. Si el arrendador necesita medidas urgentes para evitar daños, podrá actuar de inmediato dentro de la ley. Mikel no renuncia expresamente a los beneficios que le correspondan conforme al Código Civil; cualquier renuncia requeriría texto claro y asesoramiento.
## 4. Duración y liberación
La garantía cubre obligaciones que nazcan entre el 1 de noviembre de 2026 y el 31 de octubre de 2028. Termina en esa fecha salvo extensión firmada por Mikel y el arrendador. La continuación del alquiler, aumento de renta, cesión del contrato o novación no amplía automáticamente la obligación personal. El arrendador notificará la liquidación final y devolverá documentos originales de garantía cuando no quede saldo pendiente.
## 5. Deberes del arrendatario
Taller Norte pagará renta y gastos expresamente pactados, mantendrá el local conforme al uso acordado y comunicará averías. La fianza legal arrendaticia que corresponda se mantiene separada de esta garantía personal. El arrendador entregará justificantes de los importes retenidos y no cobrará dos veces la misma deuda mediante fianza y garante.
## 6. Formalización y asesoramiento
Mikel declara que recibió copia del contrato comercial y entiende el límite, duración y obligaciones garantizadas. El arrendador no debe presentar la firma como un aval bancario: es una obligación personal bajo las condiciones aquí descritas. Se recomienda asesoramiento independiente, especialmente si se pretende renunciar a beneficios legales, incorporar otras deudas o extender la garantía a prórrogas futuras.
## 7. Firmas y cambios
Firman el arrendador, el arrendatario y Mikel en hojas que identifican el contrato y la fecha. Cualquier cambio de tope, deuda cubierta o duración requiere documento expreso firmado por el garante. La ley aplicable y los tribunales competentes se determinarán conforme a las normas pertinentes; una cláusula no desplaza protecciones imperativas ni convierte este ejemplo en formulario oficial.
## Firma y formalidades
Este ejemplo está completado con datos ficticios, no está firmado y no prueba que se haya presentado, notificado, aceptado, autorizado, inscrito ni aprobado. Antes de utilizar un documento real, compruebe quién debe firmarlo, el canal de entrega, los plazos y las formalidades aplicables; obtenga asesoramiento profesional cuando los derechos, importes o consecuencias sean relevantes.
## Referencias oficiales orientativas
- [Código Civil (texto consolidado del BOE)](https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con)
- [Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos (texto consolidado del BOE)](https://www.boe.es/eli/es/l/1994/11/24/29/con)