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Acuerdo de intercambio limitado de datos entre empresas

Acuerdo entre dos responsables independientes en Madrid para compartir datos mínimos de pedidos, con límites de uso y revisión del papel de cada parte.

Jurisdicción: España y Unión Europea; intercambio de datos personales entre responsables establecidos en Madrid, sujeto al RGPD y la LOPDGDD.

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Importante: Este ejemplo ofrece información jurídica general, no asesoramiento legal. Antes de usarlo, compruebe la legislación, los formularios y los requisitos de firma de su jurisdicción y circunstancias. Una traducción no cambia la ley aplicable.

# Acuerdo de intercambio limitado de datos entre empresas

Fecha del ejemplo: 20 de octubre de 2026

Jurisdicción: España y Unión Europea; intercambio de datos personales entre responsables establecidos en Madrid, sujeto al RGPD y la LOPDGDD.

Alcance: Modelo ficticio adaptado al Derecho español para ilustrar la materia del catálogo. No es un formulario oficial ni asesoramiento jurídico. La solución puede depender de los hechos, la comunidad autónoma, el municipio, el contrato y la normativa vigente al presentar o firmar el documento.

Partes y referencia: Mercado Claro, S.L. y Entregas Norte, S.L., ambas de Madrid, acuerdan compartir datos mínimos para coordinar pedidos de clientes.

## 1. Finalidad y alcance

Mercado Claro, S.L. vende productos domésticos en línea y Entregas Norte, S.L. presta el servicio de reparto en Madrid. Sólo intercambiarán nombre del destinatario, dirección de entrega, franja elegida y referencia de pedido para completar la entrega y atender incidencias. No compartirán historial de navegación, datos de pago completos, perfiles comerciales ni información sensible bajo este acuerdo.

## 2. Funciones de las partes

En el supuesto descrito, cada empresa determina sus propios fines y medios para la actividad que realiza y actúa como responsable independiente respecto de los tratamientos que controla. Si Entregas Norte procesa datos exclusivamente siguiendo instrucciones de Mercado Claro, las partes deberán revisar y firmar el contrato de encargado exigido por el artículo 28 del RGPD antes de iniciar ese tratamiento. El título del acuerdo no decide el rol.

## 3. Base jurídica y transparencia

Cada parte documentará su base jurídica, proporcionará la información de privacidad correspondiente y comprobará que la comunicación de datos es compatible con la finalidad informada al cliente. El cumplimiento del pedido puede apoyar ciertos tratamientos, pero no autoriza cualquier uso posterior. Las empresas informarán al cliente de quién recibe los datos, para qué se usan y cómo ejercer derechos.

## 4. Seguridad y accesos

Las partes limitarán el acceso a empleados que necesiten los datos para preparar, entregar o resolver el pedido, usando cuentas individuales y canales protegidos. Comunicarán incidentes de seguridad sin demora indebida para que cada responsable pueda evaluar sus obligaciones y plazos. No enviarán listados de clientes por correo sin protección ni guardarán datos en dispositivos personales no autorizados.

## 5. Conservación y supresión

Entregas Norte eliminará o devolverá los datos de entrega cuando concluya la finalidad operativa, salvo conservación necesaria para obligaciones legales, defensa de reclamaciones o documentación de la prestación. Cada parte establecerá plazos y bloqueos diferenciados para facturación y soporte. Las copias de respaldo se gestionarán según un calendario documentado y no se usarán para campañas.

## 6. Derechos y solicitudes

Si una persona ejerce acceso, rectificación, supresión, oposición o limitación ante una parte, ésta responderá por su tratamiento y coordinará la información estrictamente necesaria con la otra. Ninguna empresa decidirá en nombre de la otra ni ignorará una solicitud porque el dato se originó fuera de su sistema. Las partes mantendrán un canal de privacidad y registro de solicitudes.

## 7. Revisión de roles y cambios

Antes de añadir una nueva categoría, finalidad, proveedor o transferencia internacional, las empresas realizarán una revisión de protección de datos y actualizarán información y contratos. Si fijan conjuntamente fines y medios, evaluarán el acuerdo de corresponsabilidad del artículo 26 del RGPD; si una parte actúa por cuenta de la otra, formalizarán el artículo 28. Este texto no cubre tratamientos no descritos.

## Firma y formalidades

Este ejemplo está completado con datos ficticios, no está firmado y no prueba que se haya presentado, notificado, aceptado, autorizado, inscrito ni aprobado. Antes de utilizar un documento real, compruebe quién debe firmarlo, el canal de entrega, los plazos y las formalidades aplicables; obtenga asesoramiento profesional cuando los derechos, importes o consecuencias sean relevantes.

## Referencias oficiales orientativas

  • [Reglamento (UE) 2016/679, Reglamento General de Protección de Datos (EUR-Lex)](https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2016/679/oj?locale=es)
  • [Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE)](https://www.boe.es/eli/es/lo/2018/12/05/3/con)

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