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Acuerdo familiar de coordinación de apoyos y cuidados cotidianos

Plan de apoyo no remunerado para un padre mayor en Valencia, sin sustituir valoración de dependencia, consentimiento o representación legal.

Jurisdicción: España; apoyo familiar cotidiano en Valencia, sujeto a la voluntad de la persona y a la normativa de dependencia aplicable.

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Importante: Este ejemplo ofrece información jurídica general, no asesoramiento legal. Antes de usarlo, compruebe la legislación, los formularios y los requisitos de firma de su jurisdicción y circunstancias. Una traducción no cambia la ley aplicable.

# Acuerdo familiar de coordinación de apoyos y cuidados cotidianos

Fecha del ejemplo: 20 de octubre de 2026

Jurisdicción: España; apoyo familiar cotidiano en Valencia, sujeto a la voluntad de la persona y a la normativa de dependencia aplicable.

Alcance: Modelo ficticio adaptado al Derecho español para ilustrar la materia del catálogo. No es un formulario oficial ni asesoramiento jurídico. La solución puede depender de los hechos, la comunidad autónoma, el municipio, el contrato y la normativa vigente al presentar o firmar el documento.

Partes y referencia: Miguel Ferrer y sus hijas Alba y Clara, residentes en Valencia, acuerdan coordinar visitas y tareas domésticas de apoyo.

## 1. Voluntad y finalidad

Miguel Ferrer, de 78 años y residente en Valencia, quiere organizar ayuda familiar para compras, transporte y algunas tareas domésticas mientras se recupera de una operación. El plan parte de su voluntad y puede modificarse o terminarse por él. No declara que exista dependencia reconocida, no concede poder general a sus hijas y no sustituye decisiones sanitarias ni apoyos formales.

## 2. Tareas y turnos

Alba propone acompañar a Miguel a las citas médicas de los martes y Clara realizar la compra los viernes, con flexibilidad si alguna no puede. Miguel decidirá qué alimentos y tareas desea; sus hijas no cambiarán cerraduras, limitarán visitas ni administrarán dinero sin autorización válida. Las actividades se anotarán en un calendario compartido sin incluir información médica innecesaria.

## 3. Gastos y dinero

Las hijas podrán adelantar gastos pequeños contra recibo y Miguel los reembolsará si así lo acuerdan. Ninguna tendrá acceso a tarjetas, claves bancarias o cuentas por el mero hecho de prestar ayuda. Para pagos recurrentes, disposición de bienes o representación ante entidades, la familia consultará qué autorización formal se requiere y llevará registro separado de las cantidades.

## 4. Salud y decisiones

Miguel conservará la capacidad de decidir sobre su atención y recibirá explicaciones directamente, con los apoyos que solicite. Sus hijas podrán acompañarlo si él lo autoriza y el centro sanitario lo permite, pero no prestarán consentimiento en su nombre sin legitimación. En una urgencia se contactará con los servicios sanitarios y se comunicarán los datos pertinentes.

## 5. Apoyos públicos y descanso

La familia puede solicitar información a los servicios sociales sobre valoración de dependencia, prestaciones y recursos de respiro, sin anticipar que Miguel reúne los requisitos. Si las necesidades superan la ayuda familiar, se revisará el plan y se pedirán servicios profesionales. Ninguna persona asumirá tareas que no pueda realizar con seguridad o que afecten gravemente su propia salud.

## 6. Carácter no laboral y revisión

Este acuerdo describe apoyo familiar voluntario y no remunerado en el supuesto ficticio. Si en la práctica hay salario, horario impuesto, dependencia organizativa o prestación regular de servicios, las partes consultarán si existe relación laboral o de cuidados profesional y cumplirán las obligaciones correspondientes. El título de «informal» no decide por sí solo la calificación jurídica.

## 7. Desacuerdos y privacidad

Miguel y sus hijas hablarán de los problemas en una reunión mensual, con él como participante principal. No compartirán información sobre salud con familiares o vecinos fuera de lo necesario y conservarán cualquier documento en un lugar seguro. Si hay desacuerdo sobre apoyos, buscarán orientación de trabajo social o asesoramiento independiente antes de tomar decisiones que limiten la autonomía de Miguel.

## Firma y formalidades

Este ejemplo está completado con datos ficticios, no está firmado y no prueba que se haya presentado, notificado, aceptado, autorizado, inscrito ni aprobado. Antes de utilizar un documento real, compruebe quién debe firmarlo, el canal de entrega, los plazos y las formalidades aplicables; obtenga asesoramiento profesional cuando los derechos, importes o consecuencias sean relevantes.

## Referencias oficiales orientativas

  • [Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (BOE)](https://www.boe.es/eli/es/l/2006/12/14/39/con)
  • [Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente (BOE)](https://www.boe.es/eli/es/l/2002/11/14/41/con)
  • [Código Civil (texto consolidado del BOE)](https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con)

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