# Minuta de capitulaciones matrimoniales para consulta notarial
Fecha del ejemplo: 20 de octubre de 2026
Jurisdicción: España; futura celebración de matrimonio en Madrid, con régimen económico y vecindad civil sujetos a comprobación.
Alcance: Modelo ficticio adaptado al Derecho español para ilustrar la materia del catálogo. No es un formulario oficial ni asesoramiento jurídico. La solución puede depender de los hechos, la comunidad autónoma, el municipio, el contrato y la normativa vigente al presentar o firmar el documento.
Partes y referencia: Elena Ruiz y Marcos León preparan una consulta notarial antes de contraer matrimonio en Madrid.
## 1. Finalidad y estado
Elena Ruiz y Marcos León quieren consultar al notario sobre un régimen de separación de bienes antes de su matrimonio previsto para marzo de 2027. Este documento es una minuta de instrucciones y no constituye capitulaciones matrimoniales otorgadas. Las partes verificarán su vecindad civil, residencia, nacionalidad, fecha y lugar del matrimonio, pues esos datos pueden determinar qué normas rigen.
## 2. Régimen que desean estudiar
Ambas personas proponen conservar la titularidad individual de los bienes y deudas que adquieran a su nombre, con reglas expresas para compras conjuntas y gastos familiares. Preguntarán cómo se documentan las aportaciones a una vivienda compartida y qué ocurre si una parte paga más que la otra. No presumen que separar patrimonios elimine obligaciones legales frente a hijos o acreedores.
## 3. Vivienda y aportaciones
La pareja prevé comprar un piso en Madrid por un precio orientativo de 310.000 €, pero todavía no ha firmado arras ni solicitado hipoteca. Antes de adquirirlo, definirá porcentajes de propiedad, aportación inicial, pagos hipotecarios, gastos de conservación y consecuencias de una ruptura. Las proporciones se reflejarán en el título y financiación, no sólo en una declaración general de intenciones.
## 4. Deudas y actividad profesional
Cada persona conservará información de sus préstamos y negocios y no asumirá deuda en nombre de la otra sin consentimiento escrito y poder suficiente. La pareja preguntará al notario cómo afectan las capitulaciones a responsabilidades legales y a terceros, y si deben inscribirse o reflejarse en el Registro Civil. Una cláusula privada no puede perjudicar derechos de acreedores protegidos.
## 5. Formalización y eficacia
Las capitulaciones matrimoniales requieren otorgamiento en escritura pública conforme al Código Civil; esta minuta no cumple esa formalidad. El notario explicará cuándo pueden otorgarse, cómo se modifican y qué publicidad o constancia registral corresponde. Las partes pedirán una copia autorizada y confirmarán que el régimen reflejado coincide con lo acordado antes de la boda.
## 6. Información y decisión independiente
Cada persona tendrá oportunidad de revisar el borrador sin presión y de obtener asesoramiento individual, especialmente si hay diferencias importantes de patrimonio, ingresos o idioma. Se entregará un resumen comprensible de efectos, costes y alternativas. Si cualquiera cambia de opinión, no se firmará hasta revisar la propuesta; el compromiso de casarse no obliga a aceptar términos económicos no comprendidos.
## 7. Cambios futuros
La pareja revisará sus acuerdos si compra bienes, crea una empresa, tiene hijos o traslada su residencia a otra comunidad o país. Toda modificación se documentará con la forma legal pertinente y no se entenderá aprobada por conversaciones informales. El ejemplo no decide pensiones, custodia, alimentos, sucesiones ni derechos que se rijan por normas distintas.
## Firma y formalidades
Este ejemplo está completado con datos ficticios, no está firmado y no prueba que se haya presentado, notificado, aceptado, autorizado, inscrito ni aprobado. Antes de utilizar un documento real, compruebe quién debe firmarlo, el canal de entrega, los plazos y las formalidades aplicables; obtenga asesoramiento profesional cuando los derechos, importes o consecuencias sean relevantes.
## Referencias oficiales orientativas
- [Código Civil (texto consolidado del BOE)](https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con)