# Pagaré nominativo por préstamo privado entre particulares
Fecha del ejemplo: 20 de octubre de 2026
Jurisdicción: España; pagaré nominativo sujeto a la Ley Cambiaria y del Cheque y a la relación subyacente de préstamo.
Alcance: Modelo ficticio adaptado al Derecho español para ilustrar la materia del catálogo. No es un formulario oficial ni asesoramiento jurídico. La solución puede depender de los hechos, la comunidad autónoma, el municipio, el contrato y la normativa vigente al presentar o firmar el documento.
Partes y referencia: Carlos Vega se obliga a pagar a Elena Ruiz 3.600 € en Madrid, conforme a un préstamo privado separado.
## 1. Emisión y promesa
Carlos Vega promete pagar, en la fecha de vencimiento indicada en el título final, la suma de 3.600 € a Elena Ruiz o a quien resulte legítimo tenedor conforme a la ley. El presente ejemplo es una guía explicativa y no un pagaré ya emitido: el documento firmado deberá incluir los requisitos legales, fecha, lugar y datos completos necesarios.
## 2. Relación de préstamo
Las partes documentaron el 1 de octubre de 2026 un préstamo privado de 3.600 €, sin intereses ordinarios, para reparar una vivienda en Madrid. El pagaré se entrega como instrumento de pago relacionado con esa deuda y no como importe adicional. El contrato de préstamo describe el desembolso, vencimiento, pagos parciales y qué ocurre si el título se paga.
## 3. Vencimiento y lugar
El borrador propone vencimiento el 30 de abril de 2027 en Madrid, pero las partes comprobarán que la fecha y el lugar se expresen de forma válida en el pagaré definitivo. No se utilizará una fecha en blanco ni se dejará al tenedor completar condiciones económicas no acordadas. Si el vencimiento cambia, emitirán un documento coherente y destruirán de forma segura el anterior.
## 4. Pago y recibo
El pago se realizará por transferencia identificada y Elena entregará recibo del importe abonado, conservando referencia y fecha. Si se paga sólo una parte, se anotará el saldo y se evitará presentar el título como totalmente impagado. Al satisfacer la obligación, la persona tenedora devolverá o cancelará el pagaré de manera verificable para reducir el riesgo de una reclamación duplicada.
## 5. Intereses y costes
El ejemplo no establece intereses de demora, comisión, penalización ni garantía personal. Cualquier interés o consecuencia por retraso deberá constar con claridad en el contrato y respetar límites legales aplicables. Las partes no añadirán una cifra al título después de firmarlo ni asumirán que todos los gastos de cobro pueden trasladarse automáticamente a la otra persona.
## 6. Transmisión y custodia
Las partes preguntarán a un profesional si el pagaré se emite a la orden o no a la orden y qué efectos tiene su transmisión. Elena lo guardará en un lugar seguro y no enviará una imagen completa por mensajería abierta. Si se pierde o sustrae, avisará de inmediato y buscará asesoramiento sobre las medidas previstas para impedir un cobro indebido.
## 7. Formalización y asesoramiento
Antes de firmar, ambas partes revisarán la Ley Cambiaria y del Cheque, el contrato de préstamo y la consistencia de nombres, importe en números y letras, fecha y lugar. Un defecto formal puede afectar a la vía cambiaria sin eliminar necesariamente la obligación causal. Esta explicación no sustituye el asesoramiento jurídico ni constituye una garantía de cobro.
## Firma y formalidades
Este ejemplo está completado con datos ficticios, no está firmado y no prueba que se haya presentado, notificado, aceptado, autorizado, inscrito ni aprobado. Antes de utilizar un documento real, compruebe quién debe firmarlo, el canal de entrega, los plazos y las formalidades aplicables; obtenga asesoramiento profesional cuando los derechos, importes o consecuencias sean relevantes.
## Referencias oficiales orientativas
- [Ley 19/1985, Cambiaria y del Cheque (BOE)](https://www.boe.es/eli/es/l/1985/07/16/19/con)
- [Código Civil (texto consolidado del BOE)](https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con)