# Acuerdo de desarrollo urbanístico entre propietario y promotora
Fecha del ejemplo: 20 de octubre de 2026
Jurisdicción: España; proyecto en el municipio de Madrid, sujeto a planeamiento, licencias y normativa de edificación aplicables.
Alcance: Modelo ficticio adaptado al Derecho español para ilustrar la materia del catálogo. No es un formulario oficial ni asesoramiento jurídico. La solución puede depender de los hechos, la comunidad autónoma, el municipio, el contrato y la normativa vigente al presentar o firmar el documento.
Partes y referencia: Elena Martín, propietaria de una parcela de 1.200 m² en el distrito de Vicálvaro, Madrid, y Horizonte Obra, S.L., promotora ficticia.
## 1. Objeto y situación del terreno
Elena aporta al proyecto la disponibilidad de la parcela de 1.200 m², cuyo título, cargas, referencia catastral y descripción registral se comprobarán antes de iniciar trabajos. Horizonte Obra prepara los estudios y coordina la promoción propuesta. La parcela permanece a nombre de Elena; este acuerdo privado no transmite dominio, no constituye por sí solo una sociedad y no autoriza a la promotora a vender o hipotecar el terreno.
## 2. Condiciones previas y permisos
La fase de obra sólo comenzará cuando un técnico confirme la viabilidad urbanística, las partes acepten el presupuesto definitivo y se hayan obtenido las licencias y autorizaciones que correspondan. El calendario es orientativo y depende del Ayuntamiento de Madrid y de los informes sectoriales aplicables. Ninguna parte presentará el proyecto como autorizado ni ordenará trabajos sujetos a licencia mientras falte una aprobación necesaria.
## 3. Funciones y poderes
Horizonte coordina arquitectura, licitación y seguimiento de obra, y Elena entrega la documentación que acredita su disponibilidad sobre la parcela. Cada contratación relevante exige aprobación escrita de ambas partes. La promotora no puede endeudar a Elena, contratar en su nombre, alterar el uso del suelo ni asumir obligaciones frente a compradores sin un poder separado que describa expresamente el acto autorizado.
## 4. Presupuesto y control de costes
Las partes fijan un presupuesto inicial máximo de 300.000 € para estudios, técnicos, licencias y obras preparatorias. Un gasto superior a 10.000 € requiere dos ofertas comparables y aprobación previa; los costes relacionados con empresas vinculadas se revelarán y justificarán. La promotora conservará facturas, contratos y justificantes, y remitirá un estado mensual. El exceso no aprobado no se deduce automáticamente del resultado del proyecto.
## 5. Ingresos y ejemplo de reparto
Una vez vendidos los inmuebles y pagadas las obligaciones aprobadas, el cálculo ilustrativo toma 820.000 € de ingresos y 580.000 € de costes elegibles, incluido el valor acordado de 280.000 € por la aportación del terreno. El margen de 240.000 € se distribuiría en un 60 % para Elena (144.000 €) y un 40 % para Horizonte (96.000 €). El ejemplo no garantiza ventas, precio ni beneficio.
## 6. Información, riesgos y cambios
El informe mensual identificará obras, permisos pendientes, compromisos, reclamaciones y previsiones de caja. Un cambio que altere superficie, uso, presupuesto o calendario requiere una adenda firmada. Si el proyecto resulta inviable o una licencia se deniega, las partes acuerdan detener nuevas obligaciones, liquidar costes documentados dentro del límite aprobado y conservar sus acciones respecto de incumplimientos, sin presumir que el riesgo se comparte por mitades.
## 7. Salida y formalización
Cualquiera puede solicitar una revisión si no se obtiene viabilidad en doce meses, pero la terminación y el pago de gastos se calcularán con este procedimiento y no mediante una penalización automática. La futura transmisión de suelo, constitución de sociedad, financiación garantizada, compraventa sobre plano y contratos de obra necesitarán sus propios acuerdos y formalidades. El resultado debe revisarse con asesoramiento urbanístico, técnico, fiscal y societario.
## Firma y formalidades
Este ejemplo está completado con datos ficticios, no está firmado y no prueba que se haya presentado, notificado, aceptado, autorizado, inscrito ni aprobado. Antes de utilizar un documento real, compruebe quién debe firmarlo, el canal de entrega, los plazos y las formalidades aplicables; obtenga asesoramiento profesional cuando los derechos, importes o consecuencias sean relevantes.
## Referencias oficiales orientativas
- [Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación (BOE)](https://www.boe.es/eli/es/l/1999/11/05/38/con)
- [Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid (BOE)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-18984)
- [Código Civil (texto consolidado del BOE)](https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con)