# Acuerdo de pago fraccionado de rentas pendientes
Fecha del ejemplo: 20 de octubre de 2026
Jurisdicción: España; arrendamiento de vivienda habitual conforme a la Ley 29/1994 y al contrato vigente.
Alcance: Modelo ficticio adaptado al Derecho español para ilustrar la materia del catálogo. No es un formulario oficial ni asesoramiento jurídico. La solución puede depender de los hechos, la comunidad autónoma, el municipio, el contrato y la normativa vigente al presentar o firmar el documento.
Partes y referencia: Arrendadora Mar de Aragón, S.L. y arrendatario Luis Herrera, vivienda 1.º C, Calle de San Pablo 82, 50003 Zaragoza.
## 1. Cuenta y saldo reconocido
El contrato fija una renta mensual de 850 €, pagadera el día 5. El extracto de la cuenta entre agosto y octubre de 2026 refleja tres mensualidades vencidas por 2.550 €, sin incluir suministros ni intereses. Mar de Aragón y Luis Herrera revisaron los recibos y acuerdan que ese es el saldo a la fecha de firma, sujeto a corregirse si aparece un pago bancario no contabilizado.
## 2. Calendario de regularización
Luis pagará 850 € adicionales el 5 de noviembre, 5 de diciembre de 2026 y 5 de enero de 2027, hasta completar 2.550 €. Cada transferencia llevará la referencia Plan-Renta-0826 y se aplicará primero al periodo más antiguo salvo acuerdo escrito distinto. Las tres cuotas suman exactamente 2.550 €; los pagos no incluyen la renta mensual corriente.
## 3. Renta futura y presupuesto
Además de cada cuota del plan, Luis pagará la renta corriente de 850 € el día 5 de cada mes mientras siga vigente el contrato. El plan no convierte una cuota futura en vencida ni capitaliza intereses. Luis puede solicitar revisión si cambian sus ingresos y entregará información limitada y relevante, sin que ello permita a la arrendadora exigir datos de salud o de terceros que no sean necesarios.
## 4. Justificantes y conciliación
Mar de Aragón emitirá recibo de cada pago y enviará un estado actualizado tras imputarlo. Si el extracto contiene un error, Luis lo notificará con la transferencia y la fecha valor; la empresa responderá con el libro de movimientos. Ninguna parte reclamará dos veces una cantidad ya recibida y los gastos de gestión sólo se añadirán si tienen base contractual y legal, importe probado y desglose.
## 5. Efecto del acuerdo
Este plan establece un calendario de pago para el saldo identificado y no constituye novación general, condonación ni reconocimiento de cantidades distintas. La arrendadora conserva únicamente los derechos que legalmente procedan si se incumple el plan, y Luis mantiene las defensas aplicables al contrato y a la cuenta. La aceptación de una cuota tardía no se interpretará automáticamente como cambio permanente del calendario.
## 6. Incumplimiento y contacto
Si Luis prevé que no podrá pagar una fecha, avisará antes y propondrá una solución concreta; la arrendadora confirmará por escrito cualquier cambio. Este contacto no impide pagar parcialmente ni asegura que se suspenda una acción legal. Antes de iniciar una reclamación judicial, las partes revisarán si la normativa vigente exige intentar un medio adecuado de solución de controversias y si existe una excepción aplicable.
## 7. Firmas y documentos
Se anexan el contrato, el extracto de rentas y una hoja para marcar cada pago recibido. El acuerdo se firma en Zaragoza el 20 de octubre de 2026, en dos ejemplares, y se conserva junto con los comprobantes. Ambas partes pueden consultar asesoramiento independiente; una situación de vulnerabilidad, un error contable o un desacuerdo sobre la validez de una cláusula exige revisión antes de ejecutar el plan.
## Firma y formalidades
Este ejemplo está completado con datos ficticios, no está firmado y no prueba que se haya presentado, notificado, aceptado, autorizado o inscrito. Antes de utilizar un documento real, compruebe quién debe firmarlo, el canal de entrega, los plazos y las formalidades aplicables; obtenga asesoramiento profesional cuando los derechos, importes o consecuencias sean relevantes.
## Referencias oficiales orientativas
- [Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos (BOE)](https://www.boe.es/eli/es/l/1994/11/24/29/con)
- [Código Civil (texto consolidado del BOE)](https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con)
- [Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (BOE)](https://www.boe.es/eli/es/lo/2025/01/02/1/con)