# Acuerdo de coordinación de los permisos de nacimiento y cuidado
Fecha del ejemplo: 20 de octubre de 2026
Jurisdicción: España; coordinación familiar y laboral de permisos de nacimiento y cuidado de un menor nacido en 2026, conforme a la normativa vigente y transitoria.
Alcance: Modelo ficticio adaptado al Derecho español para ilustrar la materia del catálogo. No es un formulario oficial ni asesoramiento jurídico. La solución puede depender de los hechos, la comunidad autónoma, el municipio, el convenio colectivo, los estatutos y la normativa vigente al presentar o firmar el documento.
Partes y referencia: Lucía Romero y Andrés Vidal, progenitores de una hija nacida el 20 de octubre de 2026 en Madrid, coordinan solicitudes con sus empleadores.
## 1. Finalidad y derechos individuales
Lucía Romero y Andrés Vidal usan este plan para coordinar el cuidado de su hija y comunicar a sus respectivas empresas las fechas que desean solicitar. En el supuesto ordinario de un nacimiento, cada progenitor tiene su propio periodo legal de suspensión, que no se transfiere al otro. El acuerdo familiar no sustituye el reconocimiento de la prestación ni altera reglas especiales o transitorias.
## 2. Periodos propuestos
La hija nació el 20 de octubre de 2026. Conforme al texto oficial vigente consultado, el supuesto ordinario contempla diecinueve semanas por progenitor: seis obligatorias e ininterrumpidas desde el nacimiento, once que pueden distribuirse hasta que la menor cumpla doce meses y dos semanas utilizables hasta los ocho años, con requisitos propios. Tras las seis semanas iniciales, Lucía propone el tramo de once semanas del 1 de diciembre al 15 de febrero; Andrés, del 1 de marzo al 16 de mayo. Ambos planifican sus dos semanas restantes del 1 al 14 de junio de 2027, sujetos a preaviso, acuerdo empresarial cuando proceda y confirmación de elegibilidad.
## 3. Aviso a cada empleador
Cada progenitor presentará su solicitud individual por el canal de su empresa y conservará justificante de recepción. Si necesita cambiar el periodo, lo notificará con el preaviso que corresponda y comprobará si existe una obligación específica. La conversación entre los progenitores no sustituye el aviso formal, la resolución de la prestación ni la comunicación de la fecha efectiva de reincorporación.
## 4. Reparto de cuidados y contingencias
Durante los tramos previstos, la familia organizará revisiones pediátricas, alimentación, descanso y apoyo de personas de confianza, compartiendo sólo la información necesaria. Si hay hospitalización, parto múltiple, discapacidad u otra circunstancia protegida, comprobará si cambia el derecho o el calendario. No asumirá que una modificación se produce automáticamente sin documentos y comunicación a los organismos competentes.
## 5. Trabajo y comunicaciones
Durante los periodos de suspensión, cada empresa confirmará quién cubre tareas y a quién se derivan asuntos urgentes, respetando la desconexión y los derechos laborales. El acuerdo familiar no autoriza a pedir a una persona que trabaje durante su permiso ni a tratar su ausencia como vacaciones. Las partes evitarán divulgar información de salud de la madre o la niña a compañeros que no la necesiten.
## 6. Cambios legales o de calendario
La regulación española distingue la suspensión por nacimiento y cuidado del permiso parental y contiene reglas de disfrute, preaviso y transición que pueden cambiar. Antes de presentar o modificar las solicitudes, ambos comprobarán el texto oficial actualizado y la resolución aplicable a su fecha. Si una fecha solicitada no puede aprobarse, revisarán el plan sin renunciar al derecho individual que corresponda.
## 7. Confirmación y copias
Lucía y Andrés firmarán una versión fechada como coordinación familiar, no como renuncia recíproca ni como pacto vinculante frente a sus empleadores. Guardarán por separado las solicitudes, las respuestas empresariales y las resoluciones de prestaciones. Cualquier duda sobre elegibilidad, plazos o prestaciones se consultará con la Seguridad Social o con asesoramiento laboral antes de actuar.
## Firma y formalidades
Este ejemplo está completado con datos ficticios, no está firmado y no prueba que se haya presentado, notificado, aceptado, autorizado, inscrito ni aprobado. Antes de utilizar un documento real, compruebe quién debe firmarlo, el canal de entrega, los plazos y las formalidades aplicables; obtenga asesoramiento profesional cuando los derechos, importes o consecuencias sean relevantes.
## Referencias oficiales orientativas
- [Estatuto de los Trabajadores, edición oficial actualizada a 3 de octubre de 2026 (BOE)](https://www.boe.es/biblioteca_juridica/pdf/PUB-DT-2026-139.pdf)
- [Real Decreto-ley 9/2025, de ampliación del permiso de nacimiento y cuidado (BOE)](https://www.boe.es/eli/es/rdl/2025/07/29/9/dof/spa/html)