# Demanda de juicio verbal por reclamación de cantidad
Fecha del ejemplo: 20 de octubre de 2026
Jurisdicción: España; reclamación civil de cantidad de 1.850 € frente a una clienta domiciliada en Madrid.
Alcance: Modelo ficticio adaptado al Derecho español para ilustrar la materia del catálogo. No es un formulario oficial ni asesoramiento jurídico. La solución puede depender de los hechos, la comunidad autónoma, el municipio, el contrato y la normativa vigente al presentar o firmar el documento.
Partes y referencia: Taller Nube, S.L., empresa ficticia de diseño web de Madrid, reclama a Sofía Alba una factura vencida.
## 1. Partes, competencia y objeto
Taller Nube, S.L. solicita el pago de 1.850 € por el diseño y entrega de una página web contratada por Sofía Alba. El borrador identifica domicilios para notificación y pide presentarlo ante el Tribunal de Instancia que resulte territorialmente competente. La dirección, capacidad de representación, consumidor o profesional de la demandada y posibles cláusulas de jurisdicción deberán comprobarse antes de presentar el escrito.
## 2. Relación contractual
El 16 de julio de 2026 las partes aceptaron por correo una oferta que incluía diseño de seis páginas, adaptación móvil y entrega el 10 de agosto por 2.400 €. Sofía pagó 550 € al inicio. El 12 de agosto aceptó por escrito la entrega y pidió un cambio menor de texto, que se realizó el día 14 sin alterar el precio. Se adjuntarán oferta, mensajes y prueba de entrega.
## 3. Factura y saldo reclamado
Taller Nube emitió la factura TN-2026-118 por 1.850 €, con vencimiento el 15 de septiembre. La cifra es el saldo después del anticipo de 550 €: 2.400 € menos 550 € igual a 1.850 €. La demandada no abonó ese saldo. No se añaden daños, intereses ni gastos de cobro no individualizados; si se solicita una cantidad accesoria, su base y cálculo deberán aparecer por separado y estar documentalmente justificados.
## 4. Intentos de solución y reglas aplicables
El 6 de octubre Taller Nube envió un requerimiento con factura y una propuesta de pago, y Sofía respondió que revisaría el asunto sin proponer una fecha. Para esta reclamación dineraria de 1.850 €, la Ley Orgánica 1/2025 excluye el requisito general de actividad negociadora previa cuando la cuantía del juicio verbal no excede de 2.000 €. El borrador no transforma esa excepción en una obligación universal ni afirma que se hayan satisfecho otros requisitos.
## 5. Vía procesal solicitada
La Ley de Enjuiciamiento Civil sitúa en juicio verbal las demandas por cuantía que no exceda de 15.000 € cuando no correspondan por materia a otro proceso. La suma reclamada aquí es inferior a 2.000 €, por lo que la ley también contempla comparecer sin abogado ni procurador en este supuesto. La competencia, la forma actual de presentación y cualquier excepción deben revisarse con la normativa y organización judicial vigentes al registrar la demanda.
## 6. Petición y documentos
La parte actora pide que se admita la demanda, se dé traslado a Sofía y, tras el procedimiento que corresponda, se dicte resolución sobre el principal de 1.850 € y los intereses que legalmente procedan. Se acompañan contrato u oferta, aceptación, entrega, factura, justificante del anticipo y comunicaciones. La lista no afirma que cada documento exista en un caso real: el presentante debe quitar pruebas que no tenga y no crear hechos para completar el modelo.
## 7. Límites del borrador
Este ejemplo no es una sentencia, formulario judicial oficial ni garantía de cobro. Una controversia sobre calidad, consumidor, prescripción, representación o competencia puede cambiar la estrategia; un procedimiento monitorio u otra vía podría ser más adecuada según los documentos. La parte actora comprobará la identidad del deudor, la cuantía exacta, el interés solicitado y el canal judicial vigente, y buscará asesoramiento si existe oposición o riesgo de costas.
## Firma y formalidades
Este ejemplo está completado con datos ficticios, no está firmado y no prueba que se haya presentado, notificado, aceptado, autorizado, inscrito ni aprobado. Antes de utilizar un documento real, compruebe quién debe firmarlo, el canal de entrega, los plazos y las formalidades aplicables; obtenga asesoramiento profesional cuando los derechos, importes o consecuencias sean relevantes.
## Referencias oficiales orientativas
- [Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (texto consolidado del BOE)](https://www.boe.es/eli/es/l/2000/01/07/1/con)
- [Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (BOE)](https://www.boe.es/eli/es/lo/2025/01/02/1/con)
- [Código Civil (texto consolidado del BOE)](https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con)