# Contrato de subarriendo parcial de vivienda habitual
Fecha del ejemplo: 1 de octubre de 2026
Jurisdicción: España; arrendamiento de vivienda habitual sujeto a la Ley 29/1994, sin perjuicio de normativa autonómica aplicable.
Alcance: Modelo ficticio adaptado al Derecho español para ilustrar la materia del catálogo. No es un formulario oficial ni asesoramiento jurídico. La solución puede depender de los hechos, la comunidad autónoma, el municipio, el contrato y la normativa vigente al presentar o firmar el documento.
Partes y referencia: Clara Ruiz, arrendataria, subarrienda una habitación a Mateo Gil en Calle de la Reina 42, 3.º B, 46011 València.
## 1. Vivienda y autorización previa
Clara ocupa la vivienda completa mediante contrato de arrendamiento firmado el 1 de febrero de 2025. La arrendadora, Levante Vivienda, S.L., autorizó por escrito el subarriendo parcial de la habitación interior el 20 de septiembre de 2026. El artículo 8.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos limita el subarriendo de una vivienda a una parte de ella y exige consentimiento escrito previo; no se subarrienda la vivienda entera.
## 2. Espacio, uso y convivencia
Mateo utiliza exclusivamente la habitación identificada en el inventario y comparte cocina, baño, comedor y lavadero con Clara. La estancia se destina a residencia habitual, no a actividad turística ni a alojamiento de corta duración. El subarriendo no concede el uso exclusivo de zonas comunes, plaza de garaje o trastero, que quedan fuera del acuerdo salvo autorización adicional expresa de la arrendadora.
## 3. Renta y gastos
La renta mensual es de 700 €, pagadera el día 1 por transferencia a la cuenta indicada por Clara. El alquiler principal de toda la vivienda asciende a 1.200 € mensuales; la renta pactada para la habitación no supera la renta total de la vivienda. Los gastos de electricidad e internet se repartirán por mitad contra factura, sin recargo, y el agua seguirá la liquidación documentada del proveedor.
## 4. Duración vinculada al contrato principal
El subarriendo comienza el 1 de noviembre de 2026 y termina cuando finalice legalmente el arrendamiento principal, aunque las partes hayan previsto una fecha anterior para revisión. Si ese contrato se extingue, Mateo deberá entregar la habitación en la fecha que resulte aplicable y no adquiere frente a la arrendadora una duración independiente. Clara comunicará de buena fe cualquier cambio que afecte al título de ocupación.
## 5. Fianza, estado y mantenimiento
Mateo entrega 700 € como garantía privada para las obligaciones de este subarriendo. Las partes firmarán un inventario de la habitación, mobiliario, llaves y desperfectos existentes, con fotografías consentidas. Esta garantía privada no cambia la fianza legal del contrato principal ni determina por sí misma la cantidad que pueda retenerse. Las deducciones deben justificarse con deuda o daños atribuibles, no con el desgaste ordinario.
## 6. Obligaciones y comunicaciones
Mateo cuidará el espacio, respetará las normas válidas del edificio y avisará de averías; Clara conservará su responsabilidad frente a la arrendadora y coordinará reparaciones que correspondan al propietario. Las comunicaciones ordinarias se enviarán por correo electrónico con acuse; las notificaciones que deban probarse se remitirán por un medio que deje constancia. Ninguna cláusula autoriza molestias, discriminación ni renuncia a derechos imperativos.
## 7. Extinción, entrega y asesoramiento
La cesión a otra persona, una nueva habitación subarrendada o el uso turístico requieren revisar el contrato principal y obtener las autorizaciones necesarias; este documento no los permite. Al finalizar, se comparará el inventario y se devolverán las llaves, liquidando por separado cantidades acreditadas. Antes de firmar, las partes deben confirmar que la vivienda constituye su residencia habitual y que el consentimiento escrito cubre exactamente esta habitación y estas fechas.
## Firma y formalidades
Este ejemplo está completado con datos ficticios, no está firmado y no prueba que se haya presentado, notificado, aceptado, autorizado o inscrito. Antes de utilizar un documento real, compruebe quién debe firmarlo, el canal de entrega, los plazos y las formalidades aplicables; obtenga asesoramiento profesional cuando los derechos, importes o consecuencias sean relevantes.
## Referencias oficiales orientativas
- [Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos (BOE)](https://www.boe.es/eli/es/l/1994/11/24/29/con)
- [Código Civil (texto consolidado del BOE)](https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1)/con)